Si usted o su empresa realizan ventas a particulares de forma habitual, puede ser objeto de una de estas comprobaciones.

El Plan de Control Tributario establece que Hacienda priorizará las comprobaciones en aquellos sectores con alto riesgo de existencia de economía sumergida, y que pondrá especial hincapié en veri- ficar si se han realizado pagos o cobros en efectivo por encima de los límites legales.

¡Atención! Esto afecta principalmente a pequeños negocios cuyos clientes son en su mayoría particulares y que, por tanto, son más propensos a recibir pagos en efectivo (obras y reformas en domicilios particulares, actividades inmobiliarias, hostelería, comercios…).

Límites. Recuerde que dichos límites son los siguientes: 1.000 euros en operaciones en las que una de las partes sea empresario o profesional. 10.000 euros si el vendedor es un empresario y el pagador un particular no residente en España.

Comprobaciones Requerimiento

Si su empresa es objeto de una de estas comprobaciones, Hacienda le remitirá un requerimiento en el que le solicitará la siguiente información: Libros registro de facturas emitidas y copia de las facturas y presupuestos emitidos por importe superior a 1.000 euros. Justifi- cantes de cómo ha cobrado todas las facturas de importe superior a 1.000 euros. Identificación del TPV de su negocio y de la cuenta corriente donde recibe los cobros.  

¿Qué busca Hacienda?

Con esta información, y entre otras cosas, Hacienda verificará: Que todas las operaciones de más de 1.000 euros han sido cobradas a través del banco (por transferencia, ingreso en cuenta, TPV…). Que los presupuestos emitidos por más de 1.000 euros coinciden con las facturas emitidas. Y, si alguno de ellos ha sido “fraccionado” en varias facturas de menor cuantía, que todos los cobros se pueden justificar.

¡Atención! Si usted no puede justificar algún cobro, Hacienda considerará que lo ha cobrado en efectivo, pudiéndole sancionar con hasta un 25% de su cuantía.

Recomendaciones

Dado que a Hacienda le es muy difícil verificar los cobros en efectivo (salvo que medie una denuncia de un cliente o un trabajador, por ejemplo), lo que hace es comprobar que los cobros se producen a través de medios de pago aceptados. Y si no es así es cuando sanciona.

Cobre o pague siempre, para operaciones de más de 1.000,00 Eur, aunque sean cobros o pagos a cuenta o parciales, con tarjeta, transferencia o cualquier medio bancario.

Varios pagos o cobros

No es válido que para una misma factura que supere los 1.000,00 Eur se cobre una parte en efectivo menor a 1.000,00 Eur y otra por banco o tarjeta de pago. La operación es única y se considerará que se ha cobrado en efectivo en su totalidad.

Fuente: LEFEBVRE https://lefebvre.es/

Elaboración propia

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