A partir del 06-09-2021, todas las notificaciones y comunicaciones de la Agencia Tributaria estarán disponibles en la Dirección Electrónica Habilitada única (en adelante DEHú), que sustituirá a la DEH (Dirección Electrónica Habilitada) o buzón 060.

Notificaciones de la AEAT

Actualmente las notificaciones de la AEAT están disponibles para comparecer en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la Dirección Electrónica Habilitada (en adelante DEH) y en Carpeta Ciudadana.

El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, en el artículo 42 sobre la práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos establece en el punto 5 que:

«Toda notificación cuyo emisor pertenezca al ámbito estatal a que se refiere el artículo 1.2 de este Reglamento se pondrá a disposición del interesado a través de la Dirección Electrónica Habilitada única, incluyendo el supuesto previsto en el artículo 42.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, los emisores de ámbito estatal podrán notificar en su sede electrónica o sede electrónica asociada de forma complementaria a la puesta a disposición en la Dirección Electrónica Habilitada única».

Migración de notificaciones electrónicas a partir del 6 de septiembre

La AEAT informa sobre la migración de notificaciones electrónicas a partir del 6 de septiembre, con un periodo transitorio que finalizará previsiblemente en el último trimestre de 2021.

A partir del 6 de septiembre de 2021, TODAS las notificaciones y comunicaciones de la Agencia Tributaria estarán disponibles en la Dirección Electrónica Habilitada única (en adelante DEHú).

Actualmente las notificaciones de la AEAT están disponibles para comparecer en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la Dirección Electrónica Habilitada (en adelante DEH) y en Carpeta Ciudadana.

El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo en el artículo 42 sobre la práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos establece en el punto 5:

Toda notificación cuyo emisor pertenezca al ámbito estatal a que se refiere el artículo 1.2 de este Reglamento se pondrá a disposición del interesado a través de la Dirección Electrónica Habilitada única, incluyendo el supuesto previsto en el artículo 42.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, los emisores de ámbito estatal podrán notificar en su sede electrónica o sede electrónica asociada de forma complementaria a la puesta a disposición en la Dirección Electrónica Habilitada única.

DEH y DEHú

A la DEH se envían para comparecer únicamente las notificaciones electrónicas. A la DEHú se enviarán todas las notificaciones, tal como se está haciendo actualmente en la Sede electrónica de la AEAT y en Carpeta Ciudadana.

Acceso a las notificaciones depositadas por la Agencia Tributaria en la DEHú 

Se tendrá acceso a las notificaciones depositadas por la Agencia Tributaria en la DEHú por dos vías:

  • A través de portal (https://se-dehu.redsara.es), autenticándose con certificado electrónico o Cl@ve PIN.
  • A través de servicios web para la descarga masiva de notificaciones ofrecido por la DEHú.

Las instrucciones para el uso correcto del aplicativo se encuentran en el Portal de Administración Electrónica PAe https://administracionelectronica.gob.es/ctt/lema/descargas

Con el fin de dar tiempo para la adaptación de los desarrollos necesarios, habrá un periodo transitorio durante el que se mantendrá el envío de las notificaciones a la DEH. Al finalizar ese periodo transitorio (previsiblemente en el último trimestre de 2021), no se enviarán notificaciones a la DEH.

RECUERDEN MODIFICAR SU PÁGINA DE ACCESO y cambiarla a la nueva dirección.  El buzón 060 dejará de estar en active, presumiblemente, a principios de 2022.

 Fuente: AEAT y elaboración propia

 Fecha: 16-9-2021

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