Ayudas para la transformación y desarrollo industrial en Aragón, destinadas a proyectos empresariales de las pyme que se desarrollen durante el año 2021, en el marco del programa de ayudas a la industria y la pyme en Aragón (PAIP) 

Orden ICD/661/2021 de 2 de junio

EL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL aprobó el EXTRACTO de la Orden ICD/661/2021, de 2 de junio, por la que se convocan la preevaluación y concesión de ayudas para la transformación y desarrollo industrial en Aragón, destinadas a proyectos empresariales de las PYME que se desarrollen durante el año 2021, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP)

BOA núm. 126 de fecha 14 de junio de 2021

Las ayudas subvencionables se destinarán a financiar:

Ayudas regionales a la inversión:

Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:

Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.

Ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial:

Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.

Ayudas para servicios de consultoría técnica:

Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que hagan uso de servicios de consultoría de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico. Estos servicios no podrán ir dirigidos a dar soporte a las actividades permanentes o periódicas de gestión habitual de la empresa, como pueden ser los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios informáticos de soporte, los servicios jurídicos o los de publicidad habituales en la gestión de la empresa.

Asimismo, las actuaciones para el asesoramiento y realización de trabajos específicos en materia de diseño industrial, tanto de productos como de servicios.

Beneficiarios ayudas transformación y desarrollo industrial en Aragón

Las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, puntos 3, 4 y 5 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre («Boletín Oficial de Aragón», número 189, de 29 de septiembre de 2016).

Financiación por importe de 10.000.000 euros

  1. La convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria del Capítulo VII, 19020/7231/770045, por importe de 10.000.000 euros imputables al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón del año 2022, cuantía que procede de los siguientes fondos financiadores: 5.000.000 euros de retornos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER (Programa Operativo de Aragón 2014-2020) (14201) y 5.000.000 euros afectados de la Comunidad Autónoma (91001).
  2. Las ayudas que se ajusten a los criterios de elegibilidad correspondientes, serán cofinanciadas dentro del Programa Operativo de Aragón 2014-2020 del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será de un mes calculado a partir del día siguiente de la publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» de esta convocatoria, computado tal y como establece el artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fuente: IAF


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