Novedades fiscales en los presupuestos generales del Estado 2021

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados con fecha  30 de octubre el Proyecto de Ley de los PGE para el año 2021  con novedades fiscales que afectan a diferentes impuestos, entre las más importantes:

  • incremento del IRPF para rentas más altas.
  • Minoración del límite de las reducciones de la aportación a los planes de pensiones individuales.
  • carácter indefinido del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Subida del IVA en bebidas azucaradas.
  • Reducción de exenciones en Sociedades.

¿Qué impuestos se incrementan en 2021?

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • Incremento en 2 puntos en la base imponible general para rentas que excedan los 300.000€ y en 3 puntos la base del ahorro para rentas que excedan los 200.000€. Por lo tanto, para rentas que excedan de 300.000,00 Eur, pasarán a un tipo del 45 % al 47 %, por lo que el tipo marginal sube del 45% al 47%.

En cuanto a rentas del ahorro (intereses, dividendos, …. y ganancias patrimoniales por venta de acciones, inmuebles, …), las novedades fiscales traen con la nueva subida los siguientes tramos: al tipo del 19% para los primeros 6.000 de ganancia, al 21% para los siguientes 44.000 euros y al 23% de 50.000 euros en adelante, hasta el nuevo umbral de 200.000 euros. A partir de aquí, sube 3 puntos hasta el 26 %.

  • Minoración del límite de las reducciones por las aportaciones a planes de pensiones del IRPF.

Se pretende priorizar los planes de pensiones de empresas y penalizar los planes de pensiones individuales.

Revisión del límite de las reducciones de la aportación a los planes de pensiones. En concreto, se reduce de 8.000 a 2.000 euros el importe de aportaciones máximas del partícipe a planes individuales o de empleo. No obstante, el límite conjunto de reducción (aportaciones del partícipe y de la empresa) se amplía de 8.000 euros a 10.000 euros.

  • Se prorroga, para 2021, los límites en estimación objetiva (módulos) del IRPF e IVA.

Impuesto sobre el Patrimonio

  • Se contempla que el Impuesto sobre el Patrimonio tenga un carácter indefinido, de modo que no sea necesario prorrogarlo año tras año mediante una ley.

  • Se incrementa un punto el gravamen del último tramo, que pasa del 2,5% al 3,5% en bases imponibles de más de 10 millones de euros.

Impuesto sobre Sociedades

  • Limitación al 95% de la exención de dividendos y plusvalías por un periodo de 3 años, excepto entidades con cifra negocios inferior a 40 millones en el Impuesto de Sociedades.
  • Se reduce la exención del 100% al 95% por las plusvalías y dividendos generados por filiales en el exterior. Las compañías con un volumen de negocio inferior a 40 millones podrán seguir aplicando la exención del 100% por dividendos durante los próximos tres años cuando procedan de una filial, residente o no en territorio español, constituida con posterioridad al 1 de enero de 2021.
  • Se suprimen las ventajas fiscales para participaciones superiores a 20 millones de euros:

      • La exención y eliminación de la doble imposición internacional en los dividendos o participaciones en beneficios y en las rentas derivadas de la transmisión de las participaciones en el capital o en los fondos propios de una entidad cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros, con la finalidad de aplicarlas únicamente a que exista un porcentaje de participación significativo del 5%, regulándose un régimen transitorio por un periodo de cinco años.

      • Se modifica la regulación de la limitación en la deducibilidad de los gastos financieros suprimiendo la adición al beneficio operativo de los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de patrimonio que se correspondan con dividendos cuando el valor de adquisición de dichas participaciones sea superior a 20 millones de euros.

      • Se modifica la regulación de la limitación en la deducibilidad de los gastos financieros suprimiendo la adición al beneficio operativo de los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de patrimonio que se correspondan con dividendos cuando el valor de adquisición de dichas participaciones sea superior a 20 millones de euros.

Impuesto sobre la Renta de No Residentes

  • Se adapta al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo la exención por intereses y demás rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, así como las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles obtenidos sin mediación de establecimiento permanente.

  • Se modifica la exención relativa a los beneficios distribuidos por las sociedades filiales residentes en territorio español a sus matrices residentes en otros Estados integrantes del Espacio Económico Europeo o a los establecimientos permanentes de estos últimos situados en el Espacio Económico Europeo, suprimiéndose la posibilidad de que se acceda a la exención cuando el valor de adquisición de la participación sea superior a 20 millones de euros, quedando como requisito la exigencia de una participación directa e indirecta, de al menos el 5%.

Impuesto sobre el Valor Añadido

  • Se incrementa el tipo de gravamen del 10% al 21% (de reducido a normal) aplicable a las bebidas azucaradas y edulcoradas. El incremento del gravamen solo afecta a la venta de estos productos en supermercados, pero la consumición en bares y restaurantes seguirá tributando al 10% para no perjudicar a la restauración en un momento tan delicado como el actual.

  • Al igual que en IRPF (módulos), se prorrogan para el período impositivo 2021 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Impuestos Especiales

  • Muy importante en las novedades fiscales: reducción de la bonificación fiscal del diésel.El tipo estatal general del gasóleo pasará a ser de 34,5 céntimos por litro, frente a los 30,7 actuales, aunque sigue siendo inferior a los 40,07 céntimos por litro de la gasolina. De tal forma, se reduce la bonificación hasta 38 euros por cada mil litros.

  • Se mantiene sin cambios la tributación sobre el gasóleo de uso profesional y el gasóleo bonificado.

Interés legal del dinero

  • Interés legal del dinero: queda establecido en el 3,00% hasta el 31 de diciembre del año 2021.

  • Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será el 3,75%.

  • Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 38.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será el 3,75%.

IPREM

    • Se determina el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) para 2021.
    • EL IPREM diario, 18,83 euros.
    • El IPREM mensual, 564,90 euros.
    • El IPREM anual, 6.778,80 euros.
  • En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual del IPREM será de 7.908,60 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.778,80 euros.

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