Referencia legal

  • Real Decreto Ley 32/2021 de 28 de diciembre de medidas urgente para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

Reforma laboral para los contratos de corta duración

Según la normativa, se establece una cotización adicional de los contratos de duración determinada inferiores a 30 días:

los contratos de duración determinada inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo de la empresa y a la finalización del mismo”.

Esta cotización adicional resulta de aplicación por cada finalización de los contratos de duración determinada inferiores a 30 días.  El importe adicional asciende a 26,57con independencia de la duración del contrato, sea de un día o de 29.

Se considera por tanto contrato de corta duración aquellos inferiores a 30 días (antes de la reforma eran 5 días).

Vigente a partir de 31/12/2021 por lo que afecta a aquellos trabajadores con contrato inferior a 30 días que hayan finalizado a partir de 31.12.2021., y se aplicará el mes que finalice el contrato de trabajo.

Fuente: https://www.boe.es/eli/es/rdl/2021/12/28/32/con

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