Ayudas dirigidas a PYMES de la Comunidad Autónoma de Aragón

El Instituto Aragonés de Fomento tiene entre sus objetivos fundamentales favorecer el desarrollo socioeconómico de Aragón y el incremento y consolidación del empleo, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas en aquellos proyectos que supongan una mejora de su competitividad.

La crisis sanitaria actual ha puesto de manifiesto la importancia disponer de herramientas y sistemas que permitan gestionar de forma digital y en remoto el mayor número posible de actividades y procesos.

La digitalización permite a las empresas ser más competitivas y eficientes al mejorar y facilitar la gestión de sus procesos, disminuir tanto sus costes operativos y de estructura, y hacerles más resilientes ante crisis como la actual.

1.200.000 euros asignado al Instituto Aragonés de Fomento destinados a una línea de ayudas para la digitalización de las PYME.

Bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medinas empresas para actuaciones de digitalización:

Objeto: Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas para actuaciones de digitalización de las PYME sobre las cuales se llevarán a cabo las convocatorias públicas Actuaciones subvencionables: Son subvencionables las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas Importe de la subvención: Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 50% del gasto subvencionable en el caso de pequeñas y medianas empresas y del 70% del gasto subvencionable en el caso de micropymes. El importe máximo de la ayuda será de 50.000 euros y el importe mínimo de subvención será de 5.000 euros.

Beneficiarios: Podrán acogerse a las ayudas establecidas en estas bases reguladoras las PYME (microempresas, pequeñas y medianas empresas) que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (“Boletín Oficial del Estado”, número 102, de 28 de abril de 2007).

  • Sección C – Industria Manufacturera – Divisiones 10 a 33.
  • Sección F – Construcción- Divisiones 41 a 43.
  • Sección H – Transporte y Almacenamiento – Divisiones 49 a 53.
  • Sección M – Actividades profesionales, Científicas y Técnicas – Divisiones 69 a 75.

Plazo de presentación: El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” de la convocatoria, cuyo extracto se publicará igualmente en el “Boletín Oficial de Aragón”, por conducto de la Base Nacional de Subvenciones.

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