Cantidades vigentes entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2021: subida de 15 euros mensuales con carácter retroactivo al 1 de septiembre
El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 32,17 euros/día o 965 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
La subida se aplicará a partir del 1 de septiembre de 2021
Cantidades vigentes entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2021: prórroga temporal del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2020
La D.A 6ª del Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre, prorrogó la vigencia del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fijó el salario mínimo interprofesional para 2020.
El citado real decreto-ley incluía una disposición adicional sexta mediante la cual se prorroga la vigencia del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero.
Esta disposición supuso una prórroga del vigente salario mínimo interprofesional de carácter temporal, hasta tanto se aprobase el real decreto que lo fije para el año 2021, en el marco del diálogo social y de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, según el cual este tipo de salario ha de tener en cuenta: el índice de precios de consumo, la productividad media nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general.
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