El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2022 y establece las cuantías que deben regir desde el 1 de enero de 2022, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar

Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero

Se ha publicado en el BOE con fecha del 23 de febrero de 2022 el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022. 

Desde el 01/01/2022 el salario mínimo se fija en 1.000,00 Eur mes con 2 pagas extraordinarias, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 enero de 2022 , es decir 14 pagas anuales,  que se convierte realmente en  14.000,00 Eur al año, o 1.166,67 Eur/mes si se prorratean las 2 pagas extraordinarias.

Los trabajadores y trabajadoras eventuales y temporeras cuyos servicios no superen los 120 días en la misma empresa percibirán un mínimo de 47,36 euros por jornada legal.

Las empleadas y empleados de hogar deberán percibir un mínimo de 7,82 euros brutos por cada hora efectivamente trabajada.

Importes para 2022

dinero
  • 33,33 euros/día
  • 1.000 euros/mes
  • 14.000 euros/año (14 pagas)
  • Temporeras/os: 47,36 euros/jornada legal
  • Empleadas/os de hogar por horas: 7,82 euros/hora

Recomendamos la lectura detallada del Real Decreto, cuya disposición transitoria única establece peculiaridades respecto a la no afectación de la nueva cuantía del salario mínimo interprofesional, las referidas a normas no estatales y relaciones privadas.

Fuentes: EL DERECHO.COM 

Elaboración propia

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